Convocatoria seis plazas policia local El Boalo

 

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 17 de junio de 2008, ha aprobado la convocatoria para la provisión de seis plazas vacantes en el cuerpo de la Policía Local, integradas en la quinta fase de implantación de las BESCAM, según cuanto sigue:

BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIAPARA PROVEER SEIS PLAZAS DE LA CATEGORÍADE POLICÍA DEL CUERPO DE POLICÍA LOCALDEL AYUNTAMIENTO DE EL BOALO,MEDIANTE ACCESO LIBRE

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Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid – Núm 152

Sección 3: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL


 

ADMINISTRACIÓN LOCAL III.

AYUNTAMIENTOS

EL BOALO

OFERTAS DE EMPLEO

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 17 de junio de 2008, ha aprobado la convocatoria para la provisión de seis plazas vacantes en el cuerpo de la Policía Local, integradas en la quinta fase de implantación de las BESCAM, según cuanto sigue:

BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIAPARA PROVEER SEIS PLAZAS DE LA CATEGORÍADE POLICÍA DEL CUERPO DE POLICÍA LOCALDEL AYUNTAMIENTO DE EL BOALO,MEDIANTE ACCESO LIBRE

Características de las plazas objeto de la convocatoria

Número de plazas: seis. Categoría: Policía, Subgrupo C2 (antes Grupo D) según los nuevos grupos de clasificación de funcionarios, prevista en la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, nivel de complemento de destino: 16. Escala Ejecutiva de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, incluidas en la plantilla y vinculadas a la Oferta de Empleo Público para 2008.

Bases que regirán el procedimiento selectivo

El procedimiento selectivo constará de las siguientes fases, sucesivas y eliminatorias: oposición libre, curso selectivo de formación en la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid y período de prácticas en el municipio de El Boalo y se regirá por las Bases establecidas en la Orden 1148/1997, de 24 de septiembre, del Consejero de Presidencia, por la que se aprueban las bases generales para el ingreso en los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid, a través de la categoría de Policía, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 251, del 22 de octubre de 1997, con excepción de la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” a que se alude en las bases decimosexta, decimoséptima, decimoctava y decimonovena, que quedará referida al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como las referencias efectuadas a la Academia Regional de Estudios de Seguridad, que deberán entenderse realizadas a la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid.

Presentación de instancias y derechos de examen

La presentación de instancias deberá producirse a través de impreso normalizado en el Registro General del Ayuntamiento, sito en la plaza de la Constitución, número 1, de El Boalo (Madrid), en horario de atención al público (de lunes a viernes, de nueve a catorce, y sábados, de diez a trece) o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Junto con la instancia los aspirantes deberán aportar obligatoriamente la autorización para someterse a las pruebas médicas según el modelo recogido en el anexo III de la señalada Orden 1148/1997. Los derechos de examen serán de 20 euros, que deberán abonarse en la Tesorería municipal, adjuntando el comprobante de haber satisfecho dicho pago a la solicitud de tomar parte en el proceso selectivo. También podrán abonarse en la forma establecida en el artículo 38.7 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En relación al cumplimiento del requisito del proceso selectivo referido a la experiencia mínima de dos años en la conducción de motocicletas, se señala que la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid viene impartiendo el curso teórico-práctico sustitutivo de dicha experiencia, al que se refiere el Real Decreto 1598/2004, de 2 de julio, por el que se modifica el Reglamento General de Conductores, que establece la posibilidad de sustitución de la experiencia mínima de dos años en la conducción de motocicletas por un curso específico teórico y práctico impartido por una Escuela Oficial de Policía que cuente con autorización de la Dirección General de Tráfico.

Plazo de presentación de instancias

Veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, en el que deberá constar la fecha y número del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el que se hubiesen publicado las bases específicas de la convocatoria.

Tribunal calificador

El tribunal calificador de las pruebas selectivas tendrá la siguiente composición:

Presidente: el interventor del Ayuntamiento.

Secretario: el de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales: un funcionario de carrera de la Comunidad de Madrid, designado por la Comunidad de Madrid; un representante sindical de los funcionarios de este Ayuntamiento; un técnico designado por la Alcaldía, el Jefe de la Policía Local de este Ayuntamiento, o en su defecto el de mayor antigüedad en el Cuerpo.

Todos los miembros y sus suplentes serán funcionarios, de igual o superior categoría a las plazas de esta convocatoria.

El tribunal se clasifica en la tercera categoría, conforme a lo preceptuado en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio.

Orden de actuación de los aspirantes

El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra “X”, resultante del sorteo público celebrado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública para el año 2008 a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Orden de realización de las pruebas

Las pruebas selectivas que componen la fase de oposición (base octava de la Orden 1148/1997) se desarrollarán por el siguiente orden cronológico: primero, pruebas psicotécnicas; segundo, pruebas físicas; tercero, reconocimiento médico; cuarto, prueba de conocimientos.

En El Boalo, a 18 de junio de 2008.—La alcaldesa, Carmen Díaz Carralón.

(02/8.823/08)

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