BOCM Nº 56 080305

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
791 RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2004, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se hace público Acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo al Plan Parcial de Reforma Interior de la Unidad de Ejecución «UE-5C-2» del núcleo urbano de Cerceda, redactado en desarrollo de las Normas Subsidiarias de El Boalo-Cerceda-Mataelpino, promovido por «Mercantil Cergasa, Sociedad Limitada» (Ac. 260/04).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el día 26 de octubre de 2004, examinó el expediente relativo al Plan Parcial de Reforma Interior de la Unidad de Ejecución «UE-5C-2» del núcleo urbano de Cerceda, redactado en desarrollo de las Normas Subsidiarias de El Boalo-Cerceda-Mataelpino.
En virtud del contenido del informe técnico-jurídico, de fecha 8 de octubre de 2004, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Planificación Regional de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid,
ACORDÓ
Primero
Aprobar definitivamente el Plan Parcial de Reforma Interior de la Unidad de Ejecución «UE-5C-2» de las Normas Subsidiarias de El Boalo-Cerceda-Mataelpino, promovido por iniciativa privada a instancias de «Mercantil Cergasa, Sociedad Limitada», si bien en el desarrollo posterior de este instrumento de planeamiento deberán respetarse las observaciones, recomendaciones y condiciones que se contienen en los informes emitidos por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de fechas 14 de junio de 2002 y 22 de abril de 2003 (Decreto 170/1998), y 2 de julio, 4 de septiembre y 28 de octubre de 2002 (Decreto 78/1999); Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, de fecha 29 de julio de 2002; y Dirección General de Agricultura de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, de fecha 8 de marzo de 2004.
Segundo
Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del Plan Parcial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, donde puede ser consultado.
Lo que se hace público a los efectos oportunos, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
Madrid, a 22 de noviembre de 2004.—El Secretario General Técnico, PDF (Resolución 4849/2004, de 19 de mayo), el Jefe del Servicio de Régimen Jurídico y Normativa, Pedro Baena Pinedo.
(03/17.039/04)

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