
La Ley 5/2003 de Residuos establece que “todos los municipios de la Comunidad de Madrid de más de 1.000 habitantes deberán disponer de, al menos, un punto limpio para la recogida selectiva de residuos urbanos de origen domiciliario, debiendo incluirse en los respectivos instrumentos de planeamiento la obtención de suelos necesario, así como su ejecución como red pública de infraestructuras generales”.
¿Por qué en algunos municipios esta normativa no se cumple? Hace ya bastante tiempo que los vecinos del Municipio de El Boalo, Cerceda y Mataelpino, solicitan la instalación de punto limpio pero este no llega a instalarse, se cumplen los requisitos, (cada uno de los tres pueblos que conforman el Municipio cuenta con mas de 1000 habitantes, no digamos en cuanto se supera esta cifra en la época estival, en su conjunto unos 6000), sin embargo, no se dispone de ningún punto limpio, como digo. Me han llegado correos y conversaciones con vecinos de los pueblos que ante la imposibilidad de hacer esta recogida selectiva, muchos vecinos optan por llevar su aceite, baterías, pilas…, al centro más próximo, Moralzarzal, aquí se ven con la desagradable sorpresa que no se hacen cargo de los residuos, pues no son vecinos del municipio y este punto limpio es gestionado y fue realizado sin las ayudas de la Comunidad.
¿Se podrá disponer algún día de servicios de PUNTO LIMPIO para el Municipio de El Boalo, Cerceda y Mataelpino? La Comunidad de Madrid abonará hasta el 90% del coste de la instalación de los Puntos Limpios en los municipios madrileños.